04 de diciembre 2019 Informacion afiliad@s |
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Escritos afectados por convenios de origen |
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Publicamos esta nota informativa en la que se adjunta un modelo de escrito para presentar a la Empresa sobre los beneficios sociales de los Convenios de Origen. Salvo en supuestos en los que existan documentos o causas de pedir individuales muy especificas - y que desconozco- las demandas individuales estan interrumpidas por el Conflicto Colectivo, pues asi lo establece el articulo 160.6 LRJS: “6. La iniciacion del proceso de conflicto colectivo interrumpira la prescripcion de las acciones individuales en igual relacion con el objeto del referido conflicto.” Por otra parte, ademas, el resultado del conflicto colectivo afectara a las demandas individuales, aun cuando estas no se hubieran interpuesto, por asi disponerlo el articulo 160.5 LRJS: "5. La sentencia firme producira efectos de cosa juzgada sobre los procesos individuales pendientes de resolucion o que puedan plantearse, que versen sobre identico objeto o en relacion de directa conexidad con aquel, tanto en el orden social como en el contencioso-administrativo, que quedaran en suspenso durante la tramitacion del conflicto colectivo. La suspension se acordara aunque hubiere recaido sentencia de instancia y estuviere pendiente el recurso de suplicacion y de casacion, vinculando al tribunal correspondiente la sentencia firme recaida en el proceso de conflicto colectivo, incluso aunque en el recurso de casacion unificadora no se hubiere invocado aquella como sentencia contradictoria." A mayor abundamiento, creo que el "dies a quo" de la prescripcion no seria en ningun caso el 28/12/2018, sino la fecha en la que la medida sea efectiva en realidad (se supone que octubre 19, aunque no se si finalmente se ha llegado a aplicar). Pese a lo anterior, y con el fin de cubrir todos los posibles riesgos, nos parece adecuado que todos los trabajadores (en activo) y aquellos pasivos o causahabientes que han venido disfrutando de la bonificacion de tarifa, presenten ante su empresa la carta adjunta (segun el colectivo al que pertenezcan), una vez completados los huecos/textos sombreados en amarillo segun proceda. Adjuntamos dos cartas: una para activos y otra para pasivos o causahabientes. Como vereis, en el caso de estos ultimos hay varios campos a completar por el afiliado en funcion de cual sea su situacion concreta (jubilado, avs, viuda/o, huerfano/a, etcetera), asi como para el supuesto de que en su documentacion de extincion contractual (o la de su familiar difunto) hubiera un reconocimiento expreso del derecho, o si existieran circunstancias concretas (acuerdos de ere consolidando el derecho, etcetera) que a nosotros se nos escapan. Por favor, si teneis antiguos compañeros, familiares, conocidos que esten afectados por esto y estan fuera de la Empresa ya, podeis enviarselo para que lo cumplimenten y lo envien. Los escritos hay que dirigirlos a la att. de: D. Andrea Lo Faso – Director General de Personas y Organizacion Iberia. Ribera del Loira, 60 28042 - Madrid Para cualquier duda poneros en contacto con nuestros delegados.
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